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¿Qué son las viviendas protegidas?

Actualizado: 24 nov 2021


Hablemos de Viviendas Protegidas 

¿Que es?

Es aquella vivienda con una superficie construida máxima de 150 m2, que cumple las condiciones de destino, uso, precio y calidad establecidas reglamentariamente y que ha sido calificada como tal. Estas viviendas pueden ser objeto de compra o alquiler.

¿Cuanto dura la protección de las viviendas ?

Para las viviendas calificadas con destino a venta, uso propio o arrendamiento 15 años y para las calificadas para arrendamiento con opción compra 10 años, a partir de la fecha de la calificación definitiva.

Preguntas frecuentes 

¿Qué obligaciones tienen los titulares?


  1. Destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente. Se entiende que es domicilio habitual y permanente cuando la vivienda no esté desocupada más de tres meses seguidos al año, salvo que la Consejería competente lo autorice

  2. Ocupar la vivienda en el plazo máximo de un año desde su entrega.

  3. Los propietarios de viviendas protegidas, podrán realizar obras o reformas en las mismas, si bien deberán obtener previamente la autorización de la Consejería competente en materia de vivienda.


¿Puedo recuperar las cantidades en cuenta entregadas si no se inicia/finaliza la construcción?

SI. Ejecutando el aval que el promotor tiene obligación de contratar con una entidad aseguradora.

Si estoy en separación de bienes y mi cónyuge tiene una vivienda ¿Puedo comprarme una vivienda protegida?

NO, cuando se trate de una vivienda calificada conforme al Decreto 74/2009, de 30 de julio.

¿Que se entiende por unidad familiar?


  1. La unidad familiar viene definida en el artículo 82 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

  2. Si un hijo cumpliera 18 años durante el año, ya no formará parte de la unidad familiar en ese período impositivo, salvo que estén incapacitados judicialmente y se encuentren sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.


Información obtenidas a través del la web de la Comunidad de Madrid


Para más información como Tipologías, Requisitos  y Precios límites, visita el siguiente enlace



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